Miguel Ángel Maya Alonso
La contaminación con aguas residuales del Río Tehuantepec es responsabilidad del municipio de Santo Domingo Tehuantepec y de la Comisión Nacional del Agua (Conagua), así lo determinó la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
La CNDH explicó que realizó una investigación, que incluyó una inspección a diversos puntos del río Tehuantepec, con la que se comprobaron las violaciones a los derechos humanos a un medio ambiente sano y al saneamiento del agua, atribuibles a personas servidoras públicas adscritas a la CONAGUA y al H. Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec, por lo que dirigió la Recomendación 213/2023 a estas dos autoridades.
El 28 de septiembre de 2022, se recibió una queja en la que se denunció la contaminación que sufre el río Tehuantepec, por descargas de aguas residuales sin tratamiento previo y el depósito de residuos y escombros. En la queja se refiere que la contaminación es un constante riesgo para la comunidad, pues despide olores muy desagradables y ha impedido que las personas puedan bañarse en el paraje conocido como Chicuindi, un balneario natural que disfrutaban las personas oriundas de Tehuantepec.
En atención a los hechos, el 10 de noviembre de 2022, se inició el expediente correspondiente y se solicitó información a las autoridades involucradas; además, personas visitadoras adjuntas de la Comisión Nacional efectuaron diversas diligencias para recabar documentos y verificar las afectaciones.
La información y evidencias que obran en el expediente y que han sido analizadas y valoradas por la CNDH, acreditan la responsabilidad institucional por parte de la CONAGUA y el municipio de Santo Domingo Tehuantepec, puesto que su actuación no se apegó a los lineamientos exigidos constitucional y convencionalmente, incumpliendo de manera notable las obligaciones determinadas por la Constitución Estatal; la normativa internacional y la legislación en las materias de agua, ambiental y de servicio público, en los ámbitos federales y locales aplicables.
En consecuencia, a fin de restablecer y propiciar las condiciones adecuadas para el goce y ejercicio de los derechos humanos a un medio ambiente sano y al saneamiento del agua, la CNDH recomendó a Conagua y al H. Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec, que firmen un Convenio Marco de Coordinación Interinstitucional y de Cooperación Técnica para la Protección Ambiental, Restauración y Reparación Integral de los daños ocasionados por la contaminación del río Tehuantepec.
Posterior a la firma del Convenio Marco, deberán diseñar un Programa Integral de Saneamiento del río Tehuantepec, que garantice el involucramiento de autoridades de los tres órdenes de gobierno, así como la participación de los sectores académico, empresarial y de las organizaciones de la sociedad civil que así lo deseen.
De igual forma, deberán elaborar un cronograma de con la planeación de las reuniones de seguimiento y evaluación a las acciones ejecutadas con dicho acuerdo. También, tendrán que realizar sendos cursos de capacitación dirigido a las personas servidoras públicas adscritas al Organismo de Cuenca Pacífico Sur y del H. Ayuntamiento, sobre los derechos al saneamiento del agua y a un medio ambiente sano; colaborar en la presentación y seguimiento de la vista administrativa que realizará esta Comisión Nacional en los Órganos Internos de Control de Conagua y del municipio mencionado, contra las personas servidoras públicas que hayan contribuido al daño ambiental; y gestionar que en los ejercicios fiscales 2024 y 2025 se garantice, con el Gobierno de Oaxaca, el acceso a recursos en el marco de los programas en materias de alcantarillado, saneamiento, cultura y agua, para los municipios que así lo requieran, en especial a Santo Domingo Tehuantepec.
A Conagua se le solicita realizar los estudios técnicos necesarios, incluyendo un análisis exhaustivo y actualizado de la calidad de agua del río, así como implementar un programa periódico de monitoreo de la calidad del agua. Igualmente, deberá garantizar que las estaciones de calidad del agua instaladas en los cauces del río cuenten con la infraestructura y equipo necesario, así como el debido mantenimiento, para detectar oportunamente la presencia de contaminantes fuera de los límites máximos permisibles.
Además, Conagua inventariará los puntos residuales de descarga de aguas residuales e identificará aquellos que cuentan con Títulos de Concesión vigente y aquellos que sean clandestinos, a efecto de iniciar los procedimientos administrativos correspondientes para quienes resulten responsables; ejecutará programas específicos de visitas de inspección en 2024 y 2025, para vigilar que las descargas residuales sean acordes a la normatividad aplicables y dictar las sanciones correspondientes o iniciar los procedimientos administrativos o de denuncia resultantes.
También deberá publicitar, a través de su página oficial, al menos durante dos años, la Recomendación 213/2023 y toda aquella información relativa a las condiciones ambientales del río Tehuantepec y/o sus afluentes, así como los avances del Programa de Saneamiento. Al H. Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec, la CNDH le recomendó verificar el estado operativo de la infraestructura de drenaje, alcantarillado y saneamiento de aguas residuales a su cargo; gestionar convenios para que se preste de manera conjunta el servicio de alcantarillado y drenaje en las localidades urbanas y rurales; buscar convenios con BANOBRAS para que se apoye la ejecución de los proyectos de construcción, rehabilitación o incremento de capacidad productiva, así como para la óptima operación del sistema de tratamiento de aguas residuales eficientes, y para el funcionamiento de proyectos de mejora del servicio de gestión integral de los residuos sólidos municipales.
Asimismo, deberá solicitar apoyo económico a los programas enfocados a este tema, para la ejecución de los estudios y proyectos de construcción, rehabilitación o incremento de capacidad productiva; realizar un diagnóstico actualizado de la generación y caracterización de residuos, así como muestreos aleatorios de cantidad y calidad de éstos; publicar su Programa Municipal de Prevención y Gestión Integral de Residuos; y elaborar campañas de sensibilización integral, con el objeto de modificar los hábitos de generación de residuos y promover la cultura del reciclaje.
En caso de que el municipio se encuentre imposibilitado por falta de recursos humanos y/o financieros, para otorgar los servicios públicos mencionados, deberá notificar al Gobierno del estado de Oaxaca para que esta autoridad asuma proporcionar estos servicios.